La Dirección General de Protección Internacional (DGPI) es el órgano directivo del Ministerio del Interior, adscrito a la Subsecretaría, al que le corresponde todo lo relativo a las políticas del departamento en relación con los solicitantes de asilo político, refugiados, desplazados, apátridas y cualquier otro régimen de protección internacional.[3]​ Actualmente, actúa como Oficina de Asilo y Refugio (OAR).[3]

Historia

Antecedentes

Antes de la existencia de este órgano directivo, la política en relación con los asuntos de protección internacional fue responsabilidad de un órgano con nivel de subdirección general, y coordinado entre distintos departamentos ministeriales mediante la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio. Cabe destacar, sin embargo, un antecesor indirecto, como fue la Dirección General de Extranjería y Asilo que existió brevemente entre diciembre de 1993 y junio de 1994, pero cuyas competencias abarcaron no solo la protección internacional, sino las políticas de extranjería.[4]

Desde los años 1990, especial relevancia tomó la Oficina de Asilo y Refugio, que desde 2017 se correspondió con la Subdirección General de Protección Internacional. Este órgano directivo gestionó las responsabilidades del Ministerio del Interior para con la legislación de asilo y refugio pero, desde los años 2010, el deterioro de la seguridad y la democracia en América Latina, en países como Venezuela, Honduras o Nicaragua,[5]​ así como otros conflictos más recientes como la invasión rusa de Ucrania, hizo que la carga de trabajo de este órgano se disparara, teniendo que reforzarse a finales de esta década los recursos humanos,[6]​ que para el año 2020 alcanzaban los 300 empleados.[1]​ El récord de solicitudes se alcanzó en 2022, con 119 240,[7]​ superando las 118 446 solicitudes[8]​ que hubo en 2019 tras la crisis presidencial en Venezuela.[5]

Dirección General

En 2023 continuó la tendencia ascendente del año anterior, superándose de nuevo el récord de solicitudes, con 137 900 solicitudes en los diez primeros meses de 2023.[9]​ Por todo ello, a finales de 2023 se elevaron de rango estas competencias, con una Dirección General de Protección Internacional que fue creada por Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre.[10][11]​ La Dirección General se estructuró mediante tres nuevas subdirecciones generales (de Relaciones Institucionales e Información de Protección Internacional, de Asuntos Generales y Jurídicos de Protección Internacional, y de Instrucción de Protección Internacional y Apatridia), y asumió directamente las funciones de Oficina de Asilo y Refugio.[3]

Estructura

De esta Dirección General dependen los siguientes órganos:[3]

  • La Subdirección General de Relaciones Institucionales e Información de Protección Internacional, a la que corresponden las relaciones con organismos nacionales —tanto estatales como de otras administraciones—, internacionales o supranacionales con competencias en materia de protección internacional; la valoración y resolución de las solicitudes que se planteen en aplicación del Reglamento (UE) 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida; y la valoración y resolución de solicitudes de transferencia de la responsabilidad sobre los refugiados, de conformidad con el Acuerdo europeo relativo a la transferencia de responsabilidad respecto de los refugiados, hecho en Estrasburgo el 16 de octubre de 1980.
  • La Subdirección General de Asuntos Generales y Jurídicos de Protección Internacional, a la que corresponde la coordinación de la preparación de propuestas normativas al Consejo de Ministros y a los órganos superiores del Ministerio, así como a otros órganos directivos de los ministerios con competencias en materia de protección internacional, apatridia y protección temporal; y las relaciones con los órganos judiciales, así como la preparación de la información y la emisión de informe sobre los recursos de reposición presentados contra resoluciones de protección internacional, apatridia y protección temporal, sin perjuicio de las competencias asignadas a la Secretaría General Técnica.
  • La Subdirección General de Instrucción de Protección Internacional y Apatridia, a la que corresponde la tramitación de las solicitudes de protección internacional presentadas en los puestos fronterizos; el ejercicio de la secretaría de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (CIAR); la instrucción y resolución de los expedientes administrativos sobre protección internacional que le sean atribuidos por la normativa vigente; la instrucción y resolución de los expedientes administrativos de protección temporal en casos de flujos masivos de personas desplazadas; y la instrucción y resolución de los expedientes administrativos sobre apatridia.

Directores generales

Al titular de la Dirección General de Protección Internacional le corresponde la presidencia de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio.

  • Octavio Rivera Atienza (2024-presente).[12]

Véase también

  • Dirección General de Migraciones
  • Asilo en la Unión Europea
  • Derecho de asilo
  • Derecho del refugiado

Referencias


Se podrá desistir telemáticamente de los recursos de reposición por

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BOE listado de resoluciones de protección internacional publicadas

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